La Mediación es el medio de resolución de controversias, diferencias o conflictos, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan de forma voluntaria alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador independiente e imparcial.
 
Mediante la intervención de un “tercero” neutral e imparcial (el mediador), se ayuda a dos o más personas, a comprender el origen de sus diferencias, a conocer las causas y consecuencias de lo ocurrido, a confrontar sus visiones y a encontrar soluciones para resolver aquéllas.
 
El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid tiene creado como método altenativo de resolución de conflictos, el Centro de Mediación del COAPI de Madrid (MEDIAPI), encargado de administrar y tramitar los procedimientos de mediación que se sometan o se soliciten al COAPI de Madrid sobre cualquier controversia o conflicto en materia inmobiliaria civil o mercantíl (arrendamientos, compraventa, permutas, traspasos, hipotecas, honorarios profesionales, etc.) El COAPI de Madrid, como Centro de Mediación, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones de Mediación en el Ministerio de Justicia, estando homologado para ser Centro de Formación de Mediadores civiles o mercantiles.
 

Estatuto del mediador

Condiciones para ejercer de mediador.

  1. Pueden ser mediadores las personas naturales que se hallen en pleno ejercicio de sus derechos civiles, siempre que no se lo impida la legislación a la que puedan estar sometidos en el ejercicio de su profesión. Las personas jurídicas que se dediquen a la mediación, sean sociedades profesionales o cualquier otra prevista por el ordenamiento jurídico, deberán designar para su ejercicio a una persona natural que reúna los requisitos previstos en esta Ley.

  2. El mediador deberá estar en posesión de título oficial universitario o de formación profesional superior y contar con formación específica para ejercer la mediación, que se adquirirá mediante la realización de uno o varios cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas, que tendrán validez para el ejercicio de la actividad mediadora en cualquier parte del territorio nacional.

  3. El mediador deberá suscribir un seguro o garantía equivalente que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación en los conflictos en que intervenga.

  4. Para actuar como mediador en los supuestos exigidos en el artículo 16.1 será necesaria la inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación dependiente del Ministerio de Justicia o, en su caso, en los registros de mediadores habilitados por las Comunidades Autónomas.

Responsabilidad de los mediadores.

La aceptación de la mediación obliga a los mediadores a cumplir fielmente el encargo, incurriendo, si no lo hicieren, en responsabilidad por los daños y perjuicios que causaren. El perjudicado tendrá acción directa contra el mediador y, en su caso, la institución de mediación que corresponda con independencia de las acciones de reembolso que asistan a ésta contra los mediadores. La responsabilidad de la institución de mediación derivará de la designación del mediador o del incumplimiento de las obligaciones que le incumben.

Coste de la mediación.

  1. Por la solicitud de mediación 50€.
  2. La sesión informativa 20€, a pagar por el solicitante.
  3. La sesión constitutiva 100€ , haya concluido o no con el resultado de un acuerdo, se dividirá por igual entre las partes, salvo pacto en contrario.
  4. El resto de sesiones de mediación 100€, haya concluido o no con el resultado de un acuerdo, se dividirá por igual entre las partes, salvo pacto en contrario.
  5. Emisión de certificados, a cargo de quien lo solicite 10€.
Los servicios de Mediación los puede solicitar cualquier profesional, empresa, Organismo Público y particulares para la resolución por parte de un mediador independiente e imparcial de las diferencias existentes de una forma ágil sin tener que llegar a un proceso judicial. Llámenos sin compromiso al 91 542 35 35 o remítanos un email con el asunto "MEDIACIÓN" al coapi@coapimadrid.org
 

Listado oficial de mediadores

 
  • ALVAREZ ROPERO, PABLO
  • CABRERO GARCIA, JAIME
  • CAMPS PALOU DE COMASEMA, JUAN JESÚS
  • DAUDEN CASAS, JUAN
  • GARCIA DE PALMA, DAVID
  • HUGUET PEREZ, FRANCISCO JAVIER
  • LOPEZ GONZALEZ, FERMIN
  • MENENDEZ AGUIRRE DE CARCER, LUCIA
  • MURILLO MERINO, ROSA MARIA
  • QUERO MAPELLI, MARIA
  • PULIDO ALCON, MARIA LOURDES
  • ROMERO JIMÉNEZ, PALOMA
  • SANCHEZ VALES, ELIA
  • SUAREZ SANCHEZ, MARIA DEL CARMEN
  • VILLAVERDE SANCHEZ-LAFUENTE, ALFREDO
 

Puede consultar más datos de contacto de nuestros mediadores en nuestro censo actualizado.

¿Qué puede hacer un ///API por mí?

Informar y Comprobar

INFORMAR sobre el precio de mercado y COMPROBAR todos los datos en una transacción inmobiliaria

Mediar y velar

MEDIAR entre las posturas de los contratantes y VELAR por el cumplimiento de la legislación vigente

Gestionar y emitir

GESTIONAR la obtención de una Hipoteca en las mejores condiciones y EMITIR dictámenes sobre el valor de los inmuebles

Proteger

PROTEGER al consumidor, velando por el respeto de los derechos de los usuarios

Promociones

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