El Comité Superior Disciplinario es el órgano colegiado del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid competente para ejercer la potestad disciplinaria sobre los miembros de la Junta de Gobierno, por actos y decisiones relativos al ejercicio de sus funciones y a su actividad profesional como Agentes Colegiados de la Propiedad Inmobiliaria.
El ejercicio de la potestad disciplinaria por el Comité Superior Disciplinario se someterá a lo dispuesto por el decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora por la administración de la Comunidad de Madrid.
El Comité Superior Disciplinario actuará con plena independencia respecto de la Junta de Gobierno y cualesquiera otros órganos colegiados del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid. La Junta de Gobierno y los servicios colegiales atenderán de forma inmediata las solicitudes y requerimientos que le dirija el Comité Superior Disciplinario , cuyas actividades contarán con una partida específica en los presupuestos anuales del colegio oficial.
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