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El Pleno del Congreso derogó ayer el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial, por 172 votos a favor, 177 en contra y 1 abstención. Por lo tanto, la norma deja de tener efectos jurídicos.
 
De acuerdo con la exposición de motivos, la adopción de “ciertas medidas de carácter social” se justificaban en la situación económica y social, “junto con la persistencia de conflictos internacionales complejos”. 
 
En concreto, en su capítulo primero, dedicado a la vivienda, extendía hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos, así como la posibilidad hasta el 31 de enero de 2027 de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario. 
 
El capítulo segundo incluía medidas en materia energética, como la extensión hasta el 31 de diciembre 2026, de los descuentos del bono social y la garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables. 
 
También se recogía medidas en materia de empleo, en el capítulo tercero, que impedían a las empresas beneficiarias de ayudas realizar despidos justificados en los costes energéticos o en causas relacionadas con la  invasión de Ucrania.
 
Ya en el capítulo cuarto se extendían determinados incentivos fiscales para pequeños autónomos o ligados  a los vehículos eléctricos, en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades. También se integraban medidas fiscales para los afectados por la DANA de 2024. Y en el capítulo quinto se incluían medidas en materia de financiación territorial. 
 
Tramitación parlamentaria
 
Este real decreto-ley, publicado el 4 de febrero en el Boletín Oficial del Estado, entró en vigor al día siguiente de su publicación. De acuerdo con el artículo 86.2 de la Constitución, estas normas de extraordinaria y urgente necesidad deben ser convalidadas o derogadas por la Cámara Baja en los treinta días siguientes a su aprobación. Si se convalida, el texto sigue en vigor, y si se rechaza deja de tener efectos jurídicos. 

Fuente foto y texto: Congreso de los Diputados

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