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El Consejo de Ministros ha autorizado la tramitación administrativa urgente prevista en la Ley del Gobierno para el Proyecto de Real Decreto por el que se crea la Ventanilla Digital Única de Arrendamientos y se regula la recogida e intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler y alojamientos de corta duración.

El objeto del real decreto es introducir en el ordenamiento jurídico español el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, a fin de establecer una serie de obligaciones y regulaciones en materia de información que se aplican a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración estableciendo los procedimientos de registro para las unidades situadas en el territorio.

De esta manera, mediante este Real Decreto se crea la Ventanilla Digital Única, se crea un sistema por el cual cualquier alquiler de una vivienda de corta duración debe registrarse y obtener un número de identificación, sin el cual no se podrá publicitar la vivienda en las plataformas digitales.

Tal y como refleja la parte expositiva del Reglamento europeo, los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración ofrecidos por anfitriones existen desde hace muchos años como complemento de otros servicios de alojamiento. El volumen de los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración está aumentando considerablemente en toda la Unión, y en concreto en España, como consecuencia del crecimiento de la economía de plataformas.

Si bien los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración crean muchas oportunidades para los huéspedes, los anfitriones y todo el ecosistema turístico, su rápido crecimiento ha suscitado preocupaciones y planteado retos, en particular para las comunidades locales y las autoridades públicas, como su contribución a la disminución del número de viviendas destinadas al arrendamiento residencial y al aumento de los precios de los alquileres y la vivienda.

El Reglamento parte de esa premisa y por ello pretende afrontar una serie de retos, principalmente, la falta de información fiable sobre los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, como la identidad del anfitrión, el lugar donde se ofrecen dichos servicios y su duración. La falta de dicha información dificulta que las autoridades evalúen el impacto real de estos servicios y elaboren y apliquen respuestas políticas adecuadas y proporcionadas.
 

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