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La Comunidad de Madrid ampliará la oferta de vivienda protegida y reducirá los plazos de construcción gracias a las novedades incorporadas en la nueva normativa de Medidas Urgentes. El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de ley con el objetivo de adecuar el ritmo de edificación a la demanda actual del mercado, motivada en gran parte por el notable crecimiento de población registrado en los últimos años.
 
De este modo, el Ejecutivo autonómico refuerza su compromiso de poner en marcha iniciativas que faciliten el acceso a la vivienda a jóvenes y familias, contribuyan a corregir el déficit estructural de inmuebles y atiendan las aportaciones del sector.
 
Así, el proyecto presentado en noviembre de 2025 por la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, en el marco del Plan de Choque de Vivienda 2026/27, responde al acusado desajuste entre la creación de hogares y el ritmo de construcción. Se estima, además, que estas medidas facilitarán la creación de más de 18.000 hogares en los próximos cuatro años.
 
Entre otros aspectos, la normativa introduce incentivos para incrementar la capacidad residencial sin consumir nuevo suelo. En concreto, finalmente, se permitirá ampliar hasta un 30% la densidad y un 20% la edificabilidad en parcelas destinadas a vivienda protegida. Asimismo, se posibilita aumentar la altura de los edificios hasta en dos plantas adicionales para materializar estos incrementos, sin necesidad de modificar el planeamiento urbanístico, lo que contribuirá a reducir plazos y agilizar la ejecución. En este sentido, serán los propios municipios quienes decidirán si se aplican estos cambios que se posibilitan de forma excepcional y urgente durante un periodo de dos años para la solicitud de licencia y tres para las obras. El texto amplía también las posibilidades de cambio de uso de terrenos y edificaciones, facilitando edificar casas con protección pública en suelos dotacionales de titularidad privada y de hospedaje ampliando la posibilidad ya existente de transformar inmuebles de oficinas en viviendas residenciales cuyo plazo se extiende dos años más. Además, entendiendo el contexto y los elevados costes de construcción, se limita a una única plaza de aparcamiento por piso, frente a la obligación de disponer de una y media de la norma actual.
 
La nueva normativa introduce el silencio administrativo positivo para agilizar la tramitación urbanística: si en tres meses no se emiten los informes sectoriales, el procedimiento podrá continuar automáticamente, salvo en casos que afecten al dominio público. Para ello, se modifican diversas leyes autonómicas y se elimina la exigencia de estos informes en la fase inicial, manteniendo su carácter obligatorio antes de la aprobación definitiva. El objetivo es claro: reducir plazos y cargas burocráticas en el desarrollo de los proyectos. En este sentido, también se facilita la tramitación de los planes territoriales con los que identificar nuevo suelo para la construcción de vivienda a medio y largo plazo.

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